viernes, 27 de julio de 2012

Polémico Código: Permitirían la fecundación post mortem

"Huérfano deliberadamente"

El proyecto de reforma del Código Civil propone que si el hombre muere luego de que la pareja congele embriones, estos podrán implantarse dentro del año siguiente al fallecimiento. 

Leer completo aquí. 


7 comentarios:

  1. el artículo 563 del anteproyecto dice que si la persona que murió dejó su "consentimiento para que sus gametos o embriones sean trasferidos luego del fallecimiento" y "la concepción en la mujer o la implantación del embrión se produce dentro del año siguiente al deceso ", la mujer no necesitará autorización judicial para tener un hijo de su pareja fallecida, y el bebé tendrá vínculo filial con ese padre."


    LISTO. EL TIPO DA LA AUTORIZACION.

    NO HAY NINGUN PROBLEMA.

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  2. "huerfano deliberadamente" ¿?

    Con esa idea, entonces no deberian dejar que hombres o mujeres solteros adopten o que busquen donantes...

    La verdad no le encuentro nada controversial, ahi queda claro, que el tipo tiene que dar su autorización y que dicha autorización solo sirve para un x tiempo determinado.

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  3. En EEUU esta ley esta funcionando desde hace varios años.
    En un canal de cable pasaron la historia d euna pareja joven casada hacia poco que buscaban un bebe.
    El marido muere en un accidente de auto y la esposa pide en la clinica que congelen el esperma de su amrido para que puedan implantarselo.

    Asi fue como quedo embarazada de su marido fallecido y tuvo trillizos saludables.

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  4. La verdad que no entiendo el porque de la autorizaciòn previa del marido. Conozco muchas mujeres que se embarazan "de casualidad" y no le consultan al marido ( ya que lo hacen adrede para engancharlo con otro hijo)

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